Feliz Navidad !!!

23 | December '2009 >> 0 Comentarios Image:Feliz Navidad !!!


Ayudas | Actualización infraestructura tecnológica en Pymes hoteleras

28 | November '2009 >> ayudas  0 Comentarios Región de Murcia (BORM 23-11-2009) Orden de 19-11-2009

PLAZO SOLICITUDES: 15 días hábiles a partir del 24-11-09

Periodo ejecución: podrá iniciarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en “BOR”.

FINALIDAD: la implantación de soluciones TIC (aplicaciones o servicios) disponibles en el mercado, de carácter sectorial u horizontal, orientados a la mejora de su grado de digitalización, enmarcados en los niveles y parámetros definidos en el concepto de caracterización de la PYME Digital.

BENEFICIARIOS: se entenderán por PYME hotelera:
a) Establecimientos hoteleros Art.14 Ley 11/1997, inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia (REAT)
b) Apartamentos turísticos art.2 Decreto 75/2005 inscritos en el REAT
c) Campamentos públicos de turismo ART.1 Decreto 19/1985 inscritos en el REAT

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Noticias | Plazo medio de devolución del Iva

27 | November '2009 >> noticia  0 Comentarios

Image:Noticias | Plazo medio de devolución del Iva El plazo medio de devolución del IVA es de sólo 37 días, según indicó ayer el subdirector general de Tributos, Antonio Moreno. El plazo es aún más corto (26 días) en el caso de la delegación central. Las primeras devoluciones con el sistema de devolución mensual se iniciaron en marzo. Desde ese mes hasta agosto, se han practicado ya 115.000 devoluciones, según fuentes de la AEAT.


Noticias | La devolución a los agricultores por el gasóleo será indefinido.

11 | November '2009 >> noticias  0 Comentarios

Image:Noticias | La devolución a los agricultores por el gasóleo será indefinido. El derecho de los agricultores a la devolución del gasóleo profesional será indefinido. Los Presupuestos del año que viene convertirán en indefinido el derecho a la devolución de las cuotas del impuesto sobre Hidrocarburos soportada por los agricultores por adquisición de gasóleo. La devolución será de 78,71 euros por cada mil litros de gasóleo, según la enmienda transaccional pactada ayer por los partidos políticos.



Indices Oficiales | 2009 Octubre

27 | October '2009 >> noticias  indices  0 Comentarios

Image:Indices Oficiales | 2009 Octubre Prestamos Hipotecarias a tipo medio variable:
Mes de Septiembre (Boe 17102009): de BANCO: 2,632 %; de CAJAS: 3,260 %.
Mes de Septiembre (Boe 02102009): MIBOR a 1 año: 1,261  EURIBOR a 1 año: 1,261

Ipc General:
Interanual – Septiembre 2008 >> Julio 2009: -1,0 %

Índice rúbrica Vivienda Alquiler:
Septiembre 2008 >> Septiembre 2009: 2.6 %


Consejos | Outsourging Administrativo

22 | October '2009 >> consejos  1 Comentarios

Image:Consejos | Outsourging Administrativo El Outsourcing Administrativo es básicamente, la contratación de la realización a un tercero de las distintas funciones administrativas de la empresa.

Leal & Asociados, sa cuenta con una larga experiencia en la realización de este servicio, pero actualmente nos lo están demandado muchas más empresas. Por ello hemos adaptado nuestra organización para dar este servicio de forma adecuada a la necesidades de los clientes.

Entre las funciones que realizamos destacamos:
- Facturación
- Contabilidad
- Personal
- Declaraciones fiscales
- Control de cobros y pagos
- Secretaria
- Etc ... .. .

Con ello la empresa/empresario consigue:
- Tiempo adicional, para sus tareas comerciales
- Tiempo adicional, para sus tareas de producción
- Reducción de costes fijos
- Reducción de costes de personal
- Tener la información contable y fiscal al día

Para ampliar la información con nuestro despacho:
T 968 285 000 | M 670 285 000 | F 968 284 955



Protección de Datos | El 84% de las empresas no han inscrito sus ficheros ...

20 | October '2009 >> apd  0 Comentarios

Image:Protección de Datos | El 84% de las empresas no han inscrito sus ficheros ... El 84% de las empresas no ha inscrito sus ficheros en la Agencia de Protección de Datos, tal como obliga la ley desde hace diez años.

España es el país de la Unión Europea con las penalizaciones más cuantiosas por este tema.

Para cualquier duda o aclaración pueden contactar con nuestro despacho.
T 968 285 000 | M 670 285 000 | F 968 284 955


Consejos | Solicite sus datos al Banco de España

19 | October '2009 >> consejos  0 Comentarios

Image:Consejos | Solicite sus datos al Banco de España Cada vez que su empresa pide un préstamo, la entidad financiera solicita a la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) un detalle de su endeudamiento.

Los bancos informan al Banco de España de los riesgos (prestamos, avales...) que tienen con una misma persona o entidad residentes en España, cuando estos riesgos superan los 6.000 euros.

Pues bien, ya sea porque quiere comprobar que los bancos con los que trabaja están dando la información correctamente o bien para verificar que no tiene ningún riesgo bancario sin controlar (por ejemplo, algún aval que prestó hace unos años y que ha olvidado), puede serIe muy útil solicitar directamente a la CIRBE que le facilite los datos que tenga sobre los riesgos de su empresa.

Para cualquier duda o aclaración pueden contactar con nuestro despacho.
T 968 285 000 | M 670 285 000 | F 968 284 955


Auditoria | Obligación de auditar

12 | October '2009 >> auditoria  contabilidad  0 Comentarios

Image:Auditoria | Obligación de auditar Ya falta poco para que su sociedad finalice su ejercicio económico, y es el momento oportuno para hacer una previsión de cuáles serán las ventas en la fecha de cierre y revisar si este año se van a cumplir o no los otros requisitos necesarios para estar obligados a auditarse.

Existe dicha obligación si durante dos ejercicios seguidos se cumplen dos de los siguientes requisitos:
- Que el activo sea superior a 2.850.000 euros.
- Que el importe neto de la cifra de negocios supere los 5.700.000 euros.
- Que el número medio de trabajadores empleados supere los 50.

Así, por ejemplo, tal vez le interese posponer alguna venta para el año siguiente o bien destinar esa tesorería a cancelar préstamos. Y si no puede evitar dicha obligación, al menos
podrá empezar ya a buscar un auditor, de forma que éste tenga tiempo suficiente para iniciar su trabajo, intervenir en los inventarios y, de este modo, preparar el informe de auditoría dentro los plazos legales.



Noticias | La reforma fiscal que nos viene

28 | September '2009 >> noticias  0 Comentarios

Image:Noticias | La reforma fiscal que nos viene Estos días estamos leyendo y viendo en la prensa y televisión, la reforma fiscal que el
Gobierno pretende realizar. A continuación les resumimos esta reforma:

Proyecto de Presupuestos Generales para 2010:
- Ingresos adicionales de casi 10.000 millones de euros, 6.500 millones en el año 2010.
- Subida del tipo de gravamen de las rentas del ahorro del 18% al 19% para los
   primeros 6.000 euros y el resto al 21%.
- Subida del tipo general del IVA en dos puntos (del 16% al 18%) y del tipo reducido en
 un punto (del 7% al 8%), a partir del 1 de julio de 2010.
- Eliminación de la deducción de 400 euros en el IRPF.
- Bajada de 5 puntos en el Impuesto de Sociedades para las pymes con menos de
 25 trabajadores y ingresos menores a 5 millones de euros, que mantengan o creen
 empleo (tipo del 25% al 20%). Medida equivalente para los autónomos.


Laboral | Calendario Oficial de Fiestas Laborales 2010

17 | September '2009 >> noticias  laboral  0 Comentarios

Image:Laboral | Calendario Oficial de Fiestas Laborales 2010 La presente es para informarles, acerca del Calendario Oficial de Fiestas Laborales para el año 2010 en el ámbito de la Región de MURCIA, publicado recientemente y, que puede serles de utilidad para confeccionar la previsión de vacaciones u otros períodos de actividad laboral.

CALENDARIO FIESTAS LABORALES 2010
REGION MURCIA – BORM 15-09-2009

Fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperable
Dia Mes Fiesta
1 Enero Año Nuevo Viernes
6 Enero Epifanía del Señor Miércoles
19 Marzo San José Viernes
1 Abril Jueves Santo Jueves
2 Abril Viernes Santo Viernes
1 Mayo Fiesta del Trabajo Sábado
9 Junio Día Región Murcia Miércoles
12 Octubre Fiesta Nacional España Martes
1 Noviembre Todos los Santos Lunes
6 Diciembre Día de la Constitución Lunes
8 Diciembre La Inmaculada Miércoles
25 Diciembre Navidad Sábado


Fiestas locales: cada municipio ha aprobado 2 fiestas locales, además de las anteriores, de carácter retribuido y no recuperable.


Agenda | Oportunidad de modificar la base de cotización de Autónomos

14 | September '2009 >> agenda  0 Comentarios

Image:Agenda | Oportunidad de modificar la base de cotización de Autónomos Les comunicamos que durante el mes de SEPTIEMBRE, tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar.

Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2010. Si están interesados en modificar la citada base o cuota (con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal), les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.

Asimismo, les recordamos, que la Tesorería General de la SS podrá incrementar, anualmente y de forma automática, su base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten cada año las bases máximas de cotización en este Régimen Especial, previa solicitud antes del día 1 de octubre.

Para cualquier aclaración o en caso de no disponer de dicho documento pueden dirigirse a nuestro despacho.



Adios a los 500 euros en Francia

14 | September '2009 >> noticias  0 Comentarios

Image:Adios a los 500 euros en Francia Francia recomienda eliminar los billetes de 500 euros. Esta iniciativa se incluye en un informe en el que los diputados franceses proponen treinta medidas para combatir el blanqueo de dinero y los paraísos fiscales. Asimismo, el estudio aboga por otras medidas para luchar contra la evasión fiscal, como fijar un límite para los pagos al contado de 3.000 euros para los particulares y de 1.100 euros para los comerciantes, así como la creación de una policía fiscal bajo la autoridad de la Fiscalía.



Agenda | Plazo de ingreso Impuesto sobre Actividades Económicas

10 | September '2009 >> agenda  iae  0 Comentarios

Image:Agenda | Plazo de ingreso Impuesto sobre Actividades Económicas Les informamos del inicio del plazo de ingreso en período voluntario de las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) del ejercicio 2009, que comprende desde el día 15-09-09 al 20-11-09, ambos inclusive, según la Resolución del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 2 de junio del presente.

La citada resolución establece que su cobro deberá realizarse a través de las entidades de depósito colaboradoras en la recaudación, con el documento de ingreso que a tal efecto se hará llegar al contribuyente. En el supuesto de que no hayan recibido el documento de pago o se hubiese extraviado, podrán efectuar el pago mediante el duplicado que emitirá la Delegación de la Agencia que le corresponda, previa solicitud.

Para cualquier aclaración o en caso de no disponer de dicho documento pueden dirigirse a nuestro despacho.


Consejos | Avales de la Empresa

6 | August '2009 >> consejos  0 Comentarios

Image:Consejos | Avales de la Empresa Debido a que las entidades financieras solicitan, cada vez más, avales personales y garantías para llevar a cabo las operaciones de las empresas tales como pólizas de crédito, cuentas de crédito, pólizas de descuento de efectos, préstamos, leasing y otras operaciones, creemos que puede ser de su interés tener presente los siguientes aspectos:

- Los empresarios individuales y los profesionales, en todas las operaciones que realizan responden directamente con su patrimonio personal.
- En las sociedades mercantiles, los avales personales prestados a la sociedad a favor de una entidad financiera implican que el patrimonio de la persona que avala responda por las deudas de la sociedad que se deriven del producto u operación financiera que se haya avalado.

A continuación os relacionamos algunas cuestiones que deberían tenerse en cuenta en operaciones existentes o futuras:

- Antes de firmar cualquier contrato bancario o financiero de la empresa, debe comprobarse si los representantes de la empresa y los socios avalan personalmente la operación.
- Para conocer exactamente el límite económico, contenido y condiciones de los avales que actualmente ya se han prestado, debe disponer de copia de la documentación firmada que todavía esté vigente.
- Es importante comprobar si existen avales personales otorgados con carácter indefinido que avalen hasta un determinado importe todas las operaciones que realice la empresa con la entidad financiera.
- Es recomendable revisar la documentación de la apertura de las cuentas de la empresa actualmente vigentes y tener una relación de los avales prestados.

Para cualquier duda o aclaración pueden contactar con nuestro despacho.
 T 968 285 000 | M 670 285 000 | F 968 284 955



Protección de Datos | Sancionada por no comunicar el cese del conductor!!!

21 | July '2009 >> apd  0 Comentarios

Image:Protección de Datos | La asignatura pendiente!! Empresa sancionada por no comunicar el cese del conductor habitual de un vehículo.

La Agencia de Protección de Datos ha sancionado a la empresa que usaba el vehículo por no haber actualizado correctamente los datos personales ante la entidad propietaria del mismo (leasing/renting) a pesar de que aquél fue despedido.

El particular recibió una notificación de tráfico en la que constaba como conductor de un vehículo que circulaba a mayor velocidad de la permitida.



Ayudas 2009 | Iniciativa Empresarial Mujeres

7 | July '2009 >> ayudas  0 Comentarios

Image:Ayudas 2009 | Iniciaivas Empresarial Mujeres PLAZO SOLICITUDES:
15 días hábiles a contar desde 01-07-09.

BASES:
(BORM 22-06-2009) Orden de 16 de junio de 2009.

OBJETO:
Subvenciones por parte del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, dirigidas a fomentar la puesta en marcha de empresas promovidas y gestionadas exclusivamente por mujeres en la Región de Murcia.

BENEFICIARIAS:
Las empresas constituidas por mujeres bajo la fórmula jurídica de “empresaria individual”, que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Estar constituidas como empresarias individuales, ejercer su actividad y tener su domicilio social en la Región de Murcia.
b) Haber iniciado una actividad empresarial o profesional a partir del uno de enero del año anterior al de la correspondiente convocatoria, o, en caso contrario, que hayan transcurrido al menos cinco años entre la fecha de baja como empresaria y la de nueva alta. Para la acreditación de este requisito deberá aportarse Informe de Vida Laboral, y, cuando proceda, certificaciones expedidas por el Colegio y la Mutualidad correspondientes, en las que consten las fechas de incorporación de la solicitante y la fecha de constitución de esta última.
c) Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
d) No estar incursas en ninguna de las restantes prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) No haber sido beneficiaria de subvenciones convocadas por el Instituto de la Mujer de la Región de Murcia para esta finalidad en ejercicios anteriores.

GASTOS SUBVENCIONABLES:  
Gastos derivados de la puesta en marcha de la actividad de las empresas y de los gastos de promoción de dicha actividad, tales como gastos corrientes derivados del alquiler, en su caso, de los locales de negocio, así como los de teléfono, luz y agua de dichos locales por un periodo no superior a doce meses a contar desde la fecha de inicio de la actividad empresarial, diseño y elaboración de la imagen corporativa, así como acciones y campañas de promoción y comunicación de la empresa.

QUEDAN EXCLUIDOS:
Los gastos derivados de inversiones en bienes muebles o inmuebles.

CUANTÍA:
En ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
El importe de la subvención será el que resulte procedente en atención a los gastos subvencionables, al plazo de ejecución previsto en la correspondiente convocatoria y hasta el límite que se establezca en la misma en atención a los créditos disponibles para la finalidad de la presente Orden, para el ejercicio presupuestario al que se refieran.

Para más información consulte en este despacho 968 285 000 o 670 285 000.


Ayudas 2009 | Financiación de Liquidez para Pymes y Autónomos

30 | June '2009 >> ayudas  0 Comentarios

Image:Ayudas 2009 | Financiación de Liquidez para Pymes y Autónomos Ayudas 2009 financiación de liquidez para Pymes, especialmente autónomos y Micropymes.
Región de Murcia. Resumen Orden 12 de junio de 2009 (BORM 26-06-2009)

PLAZO SOLICITUDES 2009: Comenzará a partir del 27-06-09 y finalizará el 30-12-2009. Más info: http//www.institutofomentomurcia.es/infodirecto/ayudas

OBJETO: facilitar acceso a préstamos destinados a dotar de liquidez a PYMES, especialmente a micropymes y autónomos de la Región de Murcia mediante la obtención de créditos concedidos por las Entidades Financieras, que tengan suscrito el oportuno Convenio de Colaboración con el INFO, y en su caso que cuenten con el aval de Undemur S.G.R.

BENEFICIARIOS:
- Personas físicas y jurídicas, que no excedan la condición de PYME, radicadas en la Región de Murcia pertenecientes a cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la pesca y a la producción primaria de los productos agrícolas del anexo I del Tratado.
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que se haga constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos.

No podrán ser beneficiarias: empresas antes del 02-07-08 se encontrarán en situación de crisis (situación concursal ley 22/2003), o sociedades que hayan perdido más de la mitad de su capital o fondos propios y que esta pérdida en los últimos 12 meses, haya sido al menos 25%.

REQUISITOS: Las PYMES solicitantes deberán cumplir acumulativamente con las siguientes condiciones:
- Que se hayan constituido o iniciado actividades antes de 30 de mayo de 2008, y
- Que su facturación a 31/12/08 no sea superior a la cantidad de 150.000€

CUANTÍA: no podrá exceder de 500.000 euros con cargo a estas Bases reguladoras.

TIPO AYUDAS:
- Subvención de intereses de los préstamos:  100% de los intereses del primer año, más el 70% de los segundo año y el 50% de los del tercer año.
- Subvención Comisión de apertura del préstamo: máximo del 1% del principal del préstamo.
- Aval de UNDEMUR, S.G.R.:  subsidiación del coste del aval del 0,5% anual sobre el saldo anual vivo hasta un máximo de las cinco primeras anualidades de amortización de la operación de préstamo avalado.
- Aportación al Fondo de Provisiones Técnicas de Undemur, S.G.R.: no podrá exceder del 30% del importe del aval de UNDEMUR, S.G.R. Por otro lado, el importe del aval de UNDEMUR, S.G.R. será por el 80% del principal del préstamo subyacente o avalado.

La característica de los préstamos y avales son las siguientes:
Importe: entre 6.000€ y 24.000€
Plazo: 3 años (con 1 año de carencia del principal) ó 5 años (con 1 año de carencia del principal)
Interés: Fijo tres primeros años: Máximo 4,25%, Resto Euribor + 2,5p.
Primer año, interés 0% (pagado totalmente por INFO).
Comisión de apertura del préstamo: 1%.
Garantías a determinar por Undemur, S.G.R. El aval de Undemur, S.G.R. cubre el 80% del préstamo. El 20% es asumido por la Entidad Financiera.
Comisión de aval 0,5%.
Comisión de apertura del aval: 0%.



La deuda de las empresas con Hacienda crece a marchas forzadas.

16 | June '2009 >> noticias  0 Comentarios

Image:La deuda de las empresas con Hacienda crece a marchas forzadas. La deuda de las empresas con Hacienda crece a marchas forzadas.
Al cierre del año 2008, las compañías españolas acumulaban un total de 1.107 millones de euros en pagos aplazados a Hacienda en el Impuesto sobre Sociedades. En el caso del IVA, el volumen asciende a 1.349 millones de euros. En total: una deuda de 2.456 millones. Pero lo cierto es que el volumen de las solicitudes fue del doble: 2.172 millones de euros en Sociedades y de 4.438 millones en IVA.
En total, fueron 37.253 empresas las que reclamaron este tipo de auxilio en el pago de Sociedades y 16.574 las que lo consiguieron.


Sobre la Inspección de Trabajo

11 | June '2009 >> noticias  0 Comentarios

Image:Sobre la Inspección de Trabajo La actividad de la Inspección de Trabajo se redujo un 15% en 2008. Uno de los datos más llamativos corresponde al aumento del número de trabajadores afectados por infracciones de sus empresarios que aumentó un 51% el pasado año, hasta sumar 680.237 empleados. La mayor actividad inspectora se realizó en el ámbito de la Seguridad Social. Las sanciones por infracciones en el área de la Seguridad Social fueron también las que experimentaron un mayor crecimiento, pasando de 38,5 a 53 millones de euros (un 37% más). Si bien, las áreas de Seguridad Laboral y Extranjería fueron las que registraron mayores multas.


AYUDAS 2009 dirigidas al Comercio minorista. Región de Murcia.

29 | May '2009 >> ayudas  0 Comentarios PLAZO SOLICITUDES 2009: día siguiente a la publicación BORM y hasta el 30-11-2009.

Presentación telemática conforme el modelo que encontrará en:
http://www.institutofomentomurcia.es/infodirecto/ayudas

OBJETO: dirigido a pequeñas empresas cuya actividad sea el comercio minorista de proximidad, que realicen proyectos de remodelación o modernización de establecimientos y equipamientos comerciales

BENEFICIARIOS:
•        pequeña empresa, y dedicadas al comercio de proximidad al por menor (los ubicados en núcleos urbanos y/o cascos históricos), cuya superficie de venta no supere los 150 m2, con una plantilla inferior a 10 trabajadores, y cuyo establecimiento se localice en Murcia, y que estén incluidos en los epígrafes del CNAE: 47.1, 47.2 (excepto el 47.26), 47.4, 47.5, 47.6 y 47.7 (excepto el 47.73).  ANEXO II
•        Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que se haga constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos.

SUSCEPTIBLES SUBVENCIÓN: los activos nuevos dentro de los conceptos de obras, instalaciones, mobiliario y bienes de equipo, así como los de asistencia técnica correspondiente a los proyectos o memorias técnicas preceptivas para la realización del proyecto subvencionado.

Se excluyen:
-las inversiones en activos móviles (vehículos de transporte exterior).
-Aquellos costes subvencionables en las convocatorias de la Fundación (ARGEM) destinadas al apoyo de proyectos de eficiencia energética y sostenibilidad en el comercio minorista de proximidad de la Región de Murcia, consistentes en el informe individualizado de evaluación sobre eficiencia energética y sostenibilidad del establecimiento y las inversiones necesarias para adecuar el establecimiento y sus instalaciones a dicho informe.

Por Activo Fijo Nuevo deberá entenderse aquellos que se adquieran a un tercero y supongan una primera transmisión del bien, lo que será justificado con la documentación, escrituras públicas y facturas correspondientes.

REQUISITOS: Que el proyecto no se encuentre finalizado antes de la fecha de presentación de la solicitud.

CUANTÍA: 75% de subvención bruta de los gastos elegibles, sin que pueda superar el límite de 6.000 euros por beneficiario.
Las solicitantes que se encuentren en los municipios incluidos en el Plan Integral de Desarrollo de la Comarca del Noroeste y Río Mula, o que realicen la tramitación telemática de sus solicitudes y resto del procedimiento, incluyendo la adhesión y utilización de la notificación electrónica, se les aplicará una bonificación adicional del 5%.

Anexo II: Actividades Subvencionables:
47 Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas
471 Comercio al por menor en establecimientos no especializados
4711 Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco
4719 Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados
472 Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en establecimientos especializados
4721 Comercio al por menor de frutas y hortalizas en establecimientos especializados
4722 Comercio al por menor de carne y productos cárnicos en establecimientos especializados
4723 Comercio al por menor de pescados y mariscos en establecimientos especializados
4724 Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados
4725 Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados
4729 Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados
474 Comercio al por menor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones en establecimientos especializados
4741 Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados
4742 Comercio al por menor de equipos de telecomunicaciones en establecimientos especializados
4743 Comercio al por menor de equipos de audio y vídeo en establecimientos especializados
475 Comercio al por menor de otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados
4751 Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados
4752 Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados
4753 Comercio al por menor de alfombras, moquetas y revestimientos de paredes y suelos en establecimientos especializados
4754 Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos en establecimientos especializados
4759 Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados
476 Comercio al por menor de artículos culturales y recreativos en establecimientos especializados
4761 Comercio al por menor de libros en establecimientos especializados
4762 Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados
4763 Comercio al por menor de grabaciones de música y vídeo en establecimientos especializados
4764 Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados
4765 Comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados
477 Comercio al por menor de otros artículos en establecimientos especializados


Programa reestructuración financiera pymes y financiación del circulante Región de Murcia.

27 | May '2009 >> ayudas  carm  0 Comentarios

Programa reestructuración financiera pymes y financiación del circulante Región de Murcia.
BORM 22-05-2009. Orden de 30 de abril de 2009

PLAZO SOLICITUDES 2009: hasta el 30-09-2009.

Presentación telemática conforme el modelo que encontrará en:
http://www.institutofomentomurcia.es/infodirecto/ayudas.


OBJETO: la finalidad es la reestructuración financiera de PYMEs y la financiación de su circulante, que no estén en situación de crisis, mediante la concesión de créditos por parte de las entidades financieras colaboradoras, que cuenten con una aval prestado al efecto por Undemur, S.G.R., constituyendo el Instituto de Fomento de la Región de Murcia una dotación destinada al Fondo de Provisiones Técnicas de la SGR; vinculado a la prestación de los citados avales.

BENEFICIARIOS:  las PYMES, salvo las dedicadas a la pesca y acuicultura, a la producción primaria de los productos agrícolas del anexo I del Tratado, al carbón, y las actividades relacionadas con la exportación, es decir, la ayuda vinculada directamente a las cantidades exportadas, la ayuda relacionada con el establecimiento y la explotación de una red de distribución o las ayudas a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora, así como la ayuda que condicione la utilización de productos nacionales en detrimento de los importados y la destinada a la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera concedida a empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte por mercancías por carretera.
- No pueden ser beneficiarias: empresas en crisis o sociedades que hayan perdido más de la mitad de su capital o fondos propios y que esta pérdida en los últimos 12 meses, haya sido al menos del 25%.

CUANTÍA AYUDA:

A. Undemur, S.G.R. podrá prestar un aval a las operaciones de crédito que otorguen las entidades financieras colaboradoras, con las siguientes condiciones:

• Cuantía: no podrá exceder de 1.500.000 euros por empresa, ni 750.000 euros por empresa para aquellas que operen en el sector del transporte por carretera, sin que en ningún caso, el importe máximo del aval pueda superar:
- el 80% del importe del préstamo subyacente o avalado.
- el 10% del saldo de pólizas de crédito y de descuento comercial.
- el 10% del saldo de servicios u operaciones de confirming.
- el 80% del importe de la prefinanciación bancaria para Proyectos CDTI I+D+i, u otros programas nacionales o internacionales.

B. El Instituto de Fomento de la Región de Murcia destinará la correspondiente dotación al Fondo de Provisiones Técnicas de Undemur, S.G.R. vinculado a la prestación de los citados avales. El importe máximo de dicho fondo será de 10.000.000 euros, ampliables, y al mismo se transferirá hasta el 30% del importe de cada aval otorgado al amparo del presente Programa.

A efectos de cálculo del equivalente bruto de subvención que podrá recibir una empresa beneficiaria, se entiende que límite máximo de aval que se puede otorgar, es decir 1.500.000 euros o 750.000 euros para el supuesto de empresas que operen en el sector del transporte por carretera, equivale a 200.000 o 100.000 euros de subvención bruta respectivamente, calculándose en la debida proporción cualquier aval por un importe inferior.


SEG SOC | Consideranción Incapacidad Temporal Común el Aislamiento por la Gripe Porcina

13 | May '2009 >> weblog  0 Comentarios Resolución de 7 de mayo de 2009, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, sobre consideración como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común de los períodos de aislamiento preventivo sufridos por los trabajadores como consecuencia de la gripe A H1 N1. (BOE 09-05-2009)

La Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad y Política Social, trasladando los problemas evidenciados en las reuniones celebradas con los órganos de coordinación constituidos con las Autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas, ha suscitado ante esta Dirección General la cuestión relativa a la situación de los trabajadores que tras su contacto con un caso de Gripe A H1 N1 pudieran estar afectados por dicha enfermedad y que, por aplicación de los protocolos establecidos por las Autoridades sanitarias competentes, se ven sometidos al correspondiente aislamiento preventivo para evitar los riesgos de contagio derivados de dicha situación hasta tanto se culmina el correspondiente diagnóstico.

Se plantea, en concreto, la situación de tales trabajadores frente a la Seguridad Social hasta el momento en que es posible dilucidar si están o no efectivamente perjudicados por dicha Gripe.

Durante el referido lapso temporal, los trabajadores no están afectados, en sentido estricto, por un accidente o por una enfermedad, pero es evidente, por otra parte, que los mismos deben estar vigilados y recibir la correspondiente asistencia sanitaria en orden a diagnosticar su estado y que están impedidos para el trabajo, por obvias razones.

A fin de garantizar la protección de los trabajadores durante tales períodos de aislamiento y de disipar las dudas que al respecto se han planteado,

Esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, ante la falta de respuesta a tal situación en el vigente ordenamiento jurídico y hasta tanto dicha laguna sea llenada mediante las adaptaciones normativas que resulten necesarias, ha resuelto:

Los períodos de aislamiento preventivo a que se vean sometidos los trabajadores como consecuencia de la Gripe producida por el nuevo virus A H1 N1 serán considerados como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común, y durante los mismos los afectados tendrán derecho a las correspondientes prestaciones, cumplidos los demás requisitos en cada caso exigidos, y en los términos y condiciones establecidos, por las normas del Régimen de la Seguridad Social en que se encuentre encuadrado el trabajador.

Cuando la protección de la incapacidad temporal por contingencias comunes esté prevista como mejora voluntaria, lo establecido en esta resolución será de aplicación únicamente a los trabajadores que se hubieran acogido a dicha mejora.

Lo previsto en esta resolución será de aplicación con respecto a todas las situaciones de aislamiento preventivo producidas desde la detección de la Gripe indicada.

Madrid, 7 de mayo de 2009.–El Director General de Ordenación de la Seguridad Social, Miguel Ángel Díaz Peña.


Seminario China-India

11 | May '2009 >> formaweb  0 Comentarios

Image:Seminario China-India El Foro Empresarial organiza este Seminario Profesional

 DATOS DE INTERÉS
 Viernes, 29 de mayo de 2009.
 Horario: 09,30 -18,30 horas.
 Lugar: El Casón de la Vega. Santomera (Murcia).

 DIRIGIDO A
 Directivos Empresariales, Gerentes de PYMES,
 Directores de Recursos Humanos,
 Directores de Entidades Bancarias.

 INCRIPCIÓN
 Para participar en este Seminario Profesional es necesaria la inscripción previa.
 Cuota de inscripción 30 euros.
 Cuota de inscripción incluido el almuerzo 90 euros.

 PARA FORMALIZAR LA INSCRIPCIÓN:
 www.foroempresarialmurcia.org
 info@forompresarialmurcia.org
 T 968 215343 / F 968 931685

 Programa


Las tarjetas de crédito

8 | Mayo '2009 >> weblog  0 Comentarios

Image:Las tarjetas de crédito Las tarjetas de crédito, son de origen anglosajón, constituyen actualmente uno de los medios de pago más usados en el mercado, especialmente en el sector del consumo.

La podemos describir como un documento de plástico que permite al titular, adquirir bienes y servicios sin tener que efectuar el pago en metálico.

Se trata sin duda alguna de un contrato atípico (ausencia de regulación normativa) que, en palabras del Tribunal Supremo se asimila a los títulos-valor al existir un derecho incorporado a un título.  Sin embargo, a diferencia de los títulos-valor (letras de cambio, pagarés y cheques) las tarjetas de crédito son personales, intransferibles y temporales (con fecha de caducidad).

Al tratarse de una relación contractual no regulada, deberemos delimitar su régimen jurídico a las normas generales de derecho civil y, más concretamente, atendiendo a los principios de libertad contractual consagrados en el artículo 1.255 del Código Civil.

Podemos clasificar, por un lado las tarjetas emitidas por empresas comerciales (el corte ingles, fnac, etc ...) para uso de sus propios clientes y, por el otro, las emitidas por entidades de crédito para que sean utilizadas en establecimientos ajenos a ellas. Si las distinguimos por su campo de utilización o validez, encontramos las tarjetas de empresa (únicamente para esa empresa), tarjetas sectoriales (por ejemplo, las de combustible), y las tarjetas de uso generalizado (visa). Según naturaleza del usuario, estás las tarjetas en las que titular y contratante son la misma persona, tarjetas familiares (se extiende el uso a cónyuge e hijos) y las tarjetas de empresa, las cuales a pesar de correr el gasto a cuenta de la empresa, el uso de las mismas corresponde a la generalidad de trabajadores.

La relación contractual entre el emisor de la tarjeta y el contratante o cliente el cual, una vez rellenado el formulario, recibe la tarjeta de crédito junto con las condiciones generales de uso. Se produce un intercambio de derechos y obligaciones entre las partes, siendo la principal característica el derecho del cliente a utilizar la tarjeta de crédito con los límites señalados contra abono de las compras efectuadas más los intereses relativos al anticipo o financiación. Una vez de ser titular de una tarjeta nos encontramos la relación entre el emisor y establecimiento. Éstos, tienen derecho a ser reintegrados por los cargos realizados por el cliente. Por contra, deben aplicar los mismos precios y condiciones respecto otras modalidades de pago, absteniéndose de proponer el pago en metálico.

El emisor, por su lado, tiene derecho a cobrar la comisión pactada en el contrato por el servicio prestado, consistente en proporcionar un mecanismo de pago ampliamente utilizado en el tráfico.


2009 CNAE y el IVA

5 | Mayo '2009 >> aeat  0 Comentarios

Image:2009 CNAE y el IVA Hasta el año 2008. Si su empresa desarrolla simultáneamente dos actividades económicas, que hasta el año 2008 estaban clasificadas dentro del mismo grupo de CNAE. Dado que una de estas actividades daba derecho a deducir todo el Iva soportado pero la otra no, esta inclusión en el mismo grupo de CNAE tenia las siguientes consecuencias:

 - Podía aplicar la prorrata general, de modo que su empresa agrupaba todo el Iva soportado y lo deducía proporcionalmente según el volumen de ventas que generaban derecho a deducción.
 - Opcionalmente, podía aplicar la prorrata especial.

Desde el año 2009, la nomenclatura del CNAE ha cambiado, y actividades que antes estaban dentro del mismo grupo de CNAE ahora ya no lo están.

Si su empresa se ve afectada por este cambio, en muchos casos ya no podrá aplicar la prorrata general, y se verá obligada a deducir el Iva soportado según el régimen de sectores diferenciados.

¡¡¡Lo que puede suponer un importante cambio en el importe del IVA a deducir!

CNAE = Clasificación Nacional de Actividades Económicas
IVA = Impuesto sobre el Valor Añadido

Para más información consulte en este despacho 968 285 000 o 670 285 000.


Tributos ya no doblará el IVA a los transportistas

4 | Mayo '2009 >> aeat  0 Comentarios

Image:Tributos ya no doblará el IVA a los transportistas Tributos ya no doblará el IVA a los transportistas.
Ya no exigirá a los trabajadores encuadrados bajo el epígrafe de “transporte por carretera” (epígrafe 722) pasarse al apartado de quienes prestan “servicios de mensajería, recadería y reparto” (epígrafe 845.5).
Finalmente, las aspiraciones de Tributos se han frustrado, tras el acuerdo alcanzado ayer con las asociaciones de autónomos ATA, UPTA y CEAT.


2009 Medidas Tributarias CARM

1 | Mayo '2009 >> 0 Comentarios Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 11 de marzo de 2009 de medidas de apoyo al contribuyente para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Región Murcia. BORM 01-04-2009

Como consecuencia del escenario de crisis económica en la que está inmersa la economía española, que afecta de modo directo e inmediato en la liquidez de las familias y empresas, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Economía y Hacienda, considera oportuno el regular un paquete de medidas que deben ir orientadas a reducir las dificultades que padece el contribuyente y que pasarían por adoptar medidas excepcionales que favorezcan la liquidez y el pago de la deuda pendiente, mediante la disminución de las exigencias de garantías o la flexibilización y ampliación de los plazos de pago.

Se trata, por tanto, de establecer una serie de medidas que, con carácter excepcional y temporal, garanticen la máxima eficiencia en las tareas recaudatorias de tributos sin merma de los ingresos por parte de los Ayuntamientos y de la propia Comunidad Autónoma, sí como el flexibilidad y facilitar al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de tal modo que vean aliviada su situación económica, con un sistema de pago de impuestos más asequible.

La Agencia Regional de Recaudación, como organismo que asume las funciones de gestión recaudatoria de los derechos económicos reconocidos y contraídos por la Comunidad Autónoma y por aquellos Ayuntamientos y demás organismos con los que tiene suscrito los correspondientes Convenios de colaboración, actúa por delegación de éstos para la gestión, liquidación y recaudación en periodo voluntario y ejecutivo de los tributos cuya titularidad les corresponda y, en consecuencia, será la competente para la puesta en marcha y desarrollo de todas las medidas de orden técnico y ejecutivo necesarios para la aplicación de las mismas, de conformidad con lo previsto en su propia norma de creación Ley 8/1996, de 3 de diciembre; el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Reguladora de las Haciendas Locales; la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, de Hacienda de la Región de Murcia y De conformidad con lo expuesto y vista la normativa aplicable

Dispongo:
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Medidas Urgentes en Materia Tributaria, Finaciera y Concursal 2009

1 | Abril '2009 >> aeat  0 Comentarios

Image:Medidas Urgentes en Materia Tributaria, Finaciera y Concursal 2009 El Real Decreto Ley 3 de 2009, publicado en el  BOE 31 de Marzo de 2009, y con entrada en vigor le día 1 de Abril del 2009

> Medidas Tributarias:
- La reducción de los tipos de interés legal del dinero (del 5,50% al 4%) y de interés de demora (del 7% al 5%) aplicables desde 01-04-2009 hasta 31-12-09.
- Mantenimiento indefinido de la deducción por actividades en I+D+i en el Impuesto sobre Sociedades.

> Medidas Financieras:
- Participación del Estado en las operaciones de seguro de crédito a través del Consorcio de Compensación de Seguros, con lo que se limitan los riesgos asumidos por las aseguradoras y se garantiza que las empresas puedan seguir vendiendo a crédito a sus clientes.
- Más garantías para los inversores en emisiones de las entidades de crédito avaladas por el Estado.

> Y reforma de la Ley 22/2003, Ley Concursal.

Para más información consulte en este despacho 968 285 000 o 670 285 000.


IVA - Los tickets no constituyen documentos acreditativos con derecho a la deducción

30 | Marzo '2009 >> aeat  0 Comentarios

Image:IVA - Los tickets no constituyen documentos acreditativos con derecho a la deducción La sentencia del  TEAC del 18/11/2008 unifica el criterio sobre el derecho a la deducción de los "tickets".

Asi, estos no constituyen documentos acreditativos del derecho a la deducción, como exige la Ley (Articulo 97 de la Ley del IVA y el articulo 4 del Real Decreto 2402/1985 y del posterior Real Decreto 1496/2003), "Los tickets" carecen de diversas menciones que son obligatorias en las facturas, siendo el principal de ellos la identificación del destinatario, ya que es la única manera de individualizar la operación y atribuírsela al sujeto que pretende practicar la deducción, por lo que la falta de identificación del destinatario es un defecto que impide que dichos documentos cumplan los requisitos reglamentarios suficientes necesarios para permitir su deducibilidad. Igualmente  faltan también en los tickets menciones tales como la base imponible, el tipo impositivo aplicado y la cuota tributaria resultante, requisitos todos ellos que son también esenciales en orden a realizar labores de control.

Para más información consulte en este despacho 968 285 000 o 670 285 000.


Protección de Datos | La asignatura pendiente!!

26 | March '2009 >> aeat  0 Comentarios

Image:Protección de Datos | La asignatura pendiente!! La Agencia Tributaria y la Agencia Española de Protección de Datos han suscrito un convenio para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicho ente, cuyo texto íntegro se ha publicado en el B.O.E. del pasado sábado 21 de marzo y recogido en la Resolución de 26 de febrero de 2009, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

La fuerza que dicta la normativa reguladora de la protección de datos recogida en el articulo 45 de la Ley, es bastante "dura".

Los importes por los que la Agencia Española de Protección de Datos sanciona en función de la infracción cometida:

- Infracciones leves de 600 a 60.100 euros
- Infracciones graves de 60.100 a 300.500 euros
- Infracciones muy graves de 300.500 a 600.000 euros

---> Ojo al "Dato" <---



Hacienda se queda sin recursos para investigar

25 | Marzo '2009 >> aeat  weblog  0 Comentarios

Image:Hacienda se queda sin recursos para investigar
Debido al recorte de costes del gobierno, Hacienda pierde recursos para investigar grandes fraudes. La promesa de Zapatero de ahorrar recursos presupuestarios reduce las dietas de los inspectores para perseguir contribuyentes. Lo que lleva al freno de las grandes investigaciones.

Expansión articulo completo


Plan de Rehabilitación de Vivienda Región de Murcia 2009

20 | Marzo '2009 >> ayudas  0 Comentarios

Image:Plan de Rehabilitación de Vivienda Región de Murcia 2009 La Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha presentado el Plan de Rehabilitación de Vivienda 2009.

Desde el cual la Comunidad Autónoma gestionará hasta un total 4,4 millones de euros en ayudas para rehabilitar inmuebles privados, subvencionando hasta el 75% del coste de las obras. Para obtener información más detallada consulte la Orden de la Consejería publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 10 de Marzo.

La ayudas son para:

- Mejora accesibilidad al edificio y/o viviendas a personas con discapacidad.
- Garantizar seguridad y estanqueidad de los edificios: que acrediten una antigüedad superior a los 10 años.
- Mejorar la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente en los edificios y viviendas, y la utilización de energías renovables.

Y los beneficiarios:

- Personas físicas, entes o personas jurídicas públicas, propietarios de los inmuebles objeto de las actuaciones a calificar o los ocupantes de las viviendas en calidad de usufructuarios o arrendatarios con autorización del propietario, que individual o colectivamente, promuevan la ejecución de las obras de rehabilitación definidas en la presente Orden. También la comunidad de propietarios o el propietario de un edificio de viviendas.

Requisito indispensable que las viviendas se destinen a domicilio habitual o permanente de al menos uno de sus propietarios o que se destinen a alquiler.





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